¿CONVIENE RESCATAR EL PLAN DE PENSIONES ANTES DE FINALIZAR 2017?

En el caso de que un contribuyente se jubile y rescate su Plan de Pensiones, deberá tributar por las prestaciones que perciba.Si el contribuyente cobra dichas prestaciones en forma de renta periódica, las integrará en su declaración de IRPF como un rendimiento del trabajo más, sin reducción alguna.

Sin embargo, si cobra tales prestaciones de golpe, en forma de capital, pese a que también deberá integrarlas en su declaración de IRPF, podrá gozar de una reducción del 40% bajo las siguientes condiciones:

    • Tal reducción sólo puede aplicarse sobre las aportaciones al Plan de Pensiones realizadas hasta el 31 de diciembre de 2006.
    • Además, existe un límite temporal para recuperar en forma de capital el Plan de Pensiones, en función de la fecha de jubilación:
      • Si la jubilación se produce a partir de 2015, se debe rescatar el capital el mismo año de jubilación o dentro de los dos años posteriores.
      • En el caso de que tal hecho hubiera acontecido entre 2011 y 2014, dentro de los ocho años siguientes al de la jubilación.
      • Si la jubilación se produjo en 2010 ó en años anteriores, deberá rescatar el capital del Plan antes del 31 de diciembre de 2018.

 

En el cuadro siguiente se muestra, de manera esquemática, los límites temporales para que el rescate del Plan de Pensiones en forma de capital pueda acogerse a la reducción del 40% en la parte que corresponda a las aportaciones realizadas hasta el 31 de diciembre de 2006.

JUBILACIONES ACAECIDAS DURANTE … 2015 2010 ó anteriores 2011 2012 2013 2014
2016 2017 2018 2019 2020
PLAZO MÁXIMO PARA RESCATE CON REDUCCIÓN 31/12/2017 31/12/2018 31/12/2019 31/12/2020 31/12/2021 31/12/2022

 

Así pues, y en respuesta a la pregunta planteada en el titular de este post, a un contribuyente jubilado en 2015 posiblemente le convenga rescatar su Plan de Pensiones en forma de capital antes de que finalice el año 2017, con tal de gozar de la reducción del 40% sobre las aportaciones realizadas hasta el 31 de diciembre de 2006.

 

David Miralles Blanes

Consultor fiscal-contable

27de Noviembre de 2017